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Operativo Chihuahua: Castigo a militares… hasta cierto punto

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El miércoles 8 la Suprema Corte confirmó la pena de prisión impuesta al teniente coronel José Julián Juárez Ramírez por el caso de la desaparición forzada y tortura de José Alonso Herrera Andrade, ocurridas en 2009 durante la aplicación del Operativo Chihuahua. Si bien Juárez no participó directamente en los hechos, sí lo hicieron tropas bajo su mando y eso bastó para condenarlo.

Pasadas las 10:00 horas del 5 de marzo de 2009, José Alonso Herrera Andrade estaba en su domicilio, en Ojinaga, Chihuahua. Se preparaba para almorzar cuando desde la cocina, él y su esposa vieron por la ventana a un soldado que pasó frente a la casa. En seguida, una camioneta pick up Ford, color verde militar, se estacionó frente al inmueble.

Bajaron más uniformados y tocaron a la puerta. Herrera Andrade preguntó desde adentro: “¿Qué se les ofrece?”

Sin responder, un soldado abrió la puerta de un golpe; de inmediato jaló a Herrera y lo sentó en una silla que estaba en el patio, mientras un grupo de militares entraba a la casa. Le preguntaron a la mujer si tenían armas o droga. Ante la negativa, empezaron a revisar por todas partes y a ella la retuvieron en una habitación.


Salieron después de revolver y tirar todo, pero uno de ellos se quedó vigilando a la mujer. Por la puerta que se había quedado abierta, ella pudo ver cómo estaban golpeando a su esposo. Uno de los militares le pegaba en la cabeza con un arma larga, mientras otros lo pateaban. Luego se lo llevaron a unos cuartos desocupados del inmueble de alquiler. Ella ya sólo escuchaba los gritos de su marido.

Los militares le preguntaban por una determinada persona y le decían que lo habían estado vigilando y lo habían visto comprando el periódico. Él respondía que no conocía por quien le preguntaban y que nada de lo que le decían era cierto. Lo siguieron golpeando y le quitaron mil 400 pesos que traía.

Al cabo de unos 15 minutos escuchó una voz de mando que gritó: “¡Ya vámonos!”. El soldado que custodiaba a la mujer salió de la casa, y en seguida ella escuchó que prendieron un carro y se fueron.

Se asomó por una ventana, pensando que vería a su esposo tirado, lastimado. Pero no estaba. Corrió entonces hacia la puerta y alcanzó a ver que los soldados se lo llevaban en la caja de la camioneta en la que habían llegado, seguidos de un Mitsubishi rojo que le habían prestado a su esposo, conducido por un militar.

Alarmada, llamó a sus familiares para contarles lo sucedido. Se encontró con su cuñada y su concuña y se dirigieron al cuartel militar localizado en la carretera a Camargo, la Tercera Compañía de Infantería No Encuadrada (CINE), que estaba al mando del teniente coronel de infantería José Julián Juárez Ramírez.

Cuando llegaron a la instalación militar, le preguntaron a uno de los soldados de guardia por su familiar. Les pidió que se identificaran y la esposa lo hizo con su credencial de elector. A las otras dos mujeres les dijo que no podían estar ahí, que la interesada era la esposa.

El soldado de guardia se dirigió a una oficina y al poco rato regresó y le dijo: “Aquí no han traído a nadie. Retírese, por favor”. La hermana de Herrera Andrade se acercó y le reclamó. “Cómo que no. Ahí está el carro que se trajeron de la casa”, y señaló hacia el estacionamiento de la CINE.

El militar entonces les dijo que no podían ver a su familiar porque se lo habían llevado al Ministerio Público. “Vayan a verlo allá. Y ya retírense”, ordenó.

“Por eso me trasladé a esta oficina, para ver si puedo tener alguna información de mi esposo, ya que desconozco por qué se lo hayan llevado, ya que ellos mismos revisaron mi casa y ahí no había nada ilícito”, relató la esposa ante el Ministerio Público en Ojinaga, al poner ese mismo día, 5 de marzo de 2009, una denuncia por la desaparición de su esposo.

No volvieron a saber nada de él sino hasta un mes después, cuando elementos de la Tercera CINE lo pusieron a disposición del Ministerio Público, acusado de posesión de droga y de armas. Los militares aseguraron que lo habían detenido unas horas antes durante un patrullaje en Ojinaga.

Sesiones de tortura

En su declaración ministerial, José Alonso Herrera Andrade negó el parte militar y aseguró que había sido detenido por el Ejército desde hacía un mes. Relató que después de que lo sacaron de su casa lo llevaron a unos departamentos que él administraba y eran rentados por unas empleadas aduanales. Los militares le habían quitado las llaves y entraron, sin que Herrera pudiera ver lo que pasó adentro porque lo tenían con la cabeza hacia abajo.

Después se lo llevaron a la CINE. “En cuanto llegamos, me metieron a un cuarto o tejabán que ellos llamaban ‘la cabaña’. Primero me tiraron al piso como cinco minutos”. Unos soldados se quedaron vigilándolo y después llegaron otros dos militares. “Me sentaron en una silla y me pusieron una bolsa de plástico varias veces hasta que casi me asfixiaba. Casi me desmayé.

“Me golpeaban en el estómago y me amenazaron que me iban a matar, y uno de ellos me dijo: ‘Ya vino tu pinche vieja a llorar por ti, pinche viejo rajón’. Se burlaban de mí y más me golpeaban”, declaró.

En su relato asegura que también fue torturado con toques eléctricos, con cables que le pusieron en un dedo, en las costillas, en los testículos, el recto. La última descarga que recuerda antes de perder el conocimiento fue en la lengua y en una tetilla.

“No supe de mí hasta que ellos me despertaron. Los vi muy asustados y me dijeron que ya me alivianara, que ya no me iban a golpear. Y como no podía caminar, ellos mimos me cargaron y me pusieron a descansar en una esquina del cuarto. Después de un rato, otra vez empezaron a decir que ya les dijera dónde estaban las armas y la droga. Yo les contestaba que no sabía nada.”

Al otro día los militares llevaron a la CINE a otro civil a quien Herrera conocía. También a otros dos, de quienes por primera vez sabía de su existencia, y quienes dijeron ser de Parral, Chihuahua, y trabajar como jornaleros en Ojinaga. Los torturaron en presencia de Herrera. Después, a él le pidieron que acusara a su conocido de ser el encargado de un grupo delictivo en el lugar, y a quien también torturaron.

Herrera asegura que después siguieron agresiones sexuales a los cuatro detenidos y que en todo momento los mantuvieron con los ojos vendados. Relata que los efectivos del Ejército después llevaron a la CINE a otros civiles, incluido un anciano de 82 años, a un militar desertor y a dos hombres a los que describió como cholos.

“Todo el tiempo me maltrataron y me tuvieron incomunicado, sin dejarme saber ni de mi familia ni de nadie”, declaró ante el Ministerio Público.

Operativo Chihuahua

El parte militar dio otra versión. Aseguró que Herrera había sido detenido en un patrullaje castrense en el área urbana de Ojinaga, a las 12:40 horas del 6 de abril. Que fue detenido en aplicación de la Ley Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos, así como de la Campaña Permanente contra el Narcotráfico, desplegada por el gobierno de Felipe Calderón el sexenio pasado.

Era apenas el primer año del Operativo Conjunto Chihuahua desplegado en marzo de 2008 y encabezado por el Ejército en ese estado como parte de la “guerra al narcotráfico”, declarada por Calderón al inicio de su gobierno.

Los elementos de la CINE estaban actuando bajo la Orden General de Operaciones II “Opn. Conj. Chihuahua”, redactada por el general de brigada Manuel de Jesús Moreno Aviña, comandante de la Guarnición Militar de Ojinaga, a la que pertenecía la Tercera CINE.

Moreno Aviña había elaborado esa Orden General de Operaciones de acuerdo con la Directiva para el Combate Integral al Narcotráfico (2007-2012), elaborada a partir de “la visión presidencial” para emprender la “guerra contra el narcotráfico”. El documento, clasificado como secreto por la Secretaría de la Defensa Nacional, así como la Orden General de Operaciones II, fueron reveladas en julio de 2014.

La directiva facultó a los jefes militares de todo el país para actuar con “amplia libertad de acción”, “amplia iniciativa” y “don de mando” para realizar “acciones contundentes” contra sus objetivos.

El Operativo Chihuahua le dejó un alto costo al Ejército, pero sólo hasta ciertos mandos. El general Moreno Aviña fue condenado en 2016 a 52 años de prisión por las graves violaciones a los derechos humanos cometidas por elementos de la Tercera CINE, que estaba bajo su jurisdicción.

Ante las graves violaciones a los derechos humanos, el operativo se dio por terminado en 2009 y la justicia militar ordenó la detención de 31 elementos de la CINE, a los que responsabilizó de haber integrado un “pelotón de la muerte” que detuvo, torturó, asesinó y hasta se deshizo de varios civiles señalados como narcotraficantes.

La justicia militar hizo tabla rasa. De los 31 acusados, 13 han obtenido su libertad por falta de pruebas de su participación directa en el homicidio y tortura de los presuntos narcotraficantes del Cártel de Juárez, según informó el pasado 28 de febrero el abogado de la mayoría de ellos, Víctor Alonso Tadeo Solano.

Los otros 18 aún se encuentran en prisión acusados en su mayoría como autores materiales de la muerte y desaparición forzada de personas. Entre ellos, el comandante de la Tercera CINE, el teniente coronel de Infantería José Julián Juárez Ramírez.

Desde 2009 está preso en la cárcel militar de Mazatlán, acusado de robo, abuso de autoridad y desaparición forzada de José Alonso Herrera Andrade, quien después de un mes apareció con vida cuando el propio Ejército lo presentó ante el Ministerio Público.

El pasado miércoles 8, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación le confirmó la pena de prisión de cinco años a la que fue condenado por esa desaparición, al negarle un amparo en el que cuestionaba la constitucionalidad del artículo 215-A del Código Penal Federal, que tipifica la desaparición forzada de personas.

Su defensa, también patrocinada por Tadeo Solano, le pidió a la Corte que revisara esa disposición bajo el hecho de que el teniente coronel no participó en la detención de Herrera. El artículo establece que ese delito lo comete “el servidor público que, independientemente de que haya participado en la detención legal o ilegal de una o varias personas, propicie o mantenga dolosamente su ocultamiento bajo cualquier forma de detención”.

La defensa sostenía que el vocablo “independientemente” es vago e impreciso para castigar por ese delito, pero la Corte estableció que el adverbio da claridad respecto a la responsabilidad de los servidores públicos sin importar que hayan participado o no en la detención de la persona.

A propuesta del ministro José Ramón Cossío Díaz, la sala encargada de los asuntos penales y civiles que llegan al máximo tribunal determinó que la desaparición forzada de personas se comete con independencia de la participación material en el delito, que es castigado con una pena de entre cinco y 40 años de prisión.

La Primera Sala de la Corte estableció que la desaparición forzada constituye una violación múltiple de derechos humanos y que es particularmente grave cuando se acredita que forma parte de un patrón sistemático o práctica tolerada por el Estado. Además, consideraron que el artículo es acorde con los instrumentos internacionales suscritos por México, en particular la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.

De acuerdo con esos instrumentos, dijeron, el delito tiene como “conductas típicas mínimas”, la privación de la libertad de una o más personas, seguida de una negativa a reconocer la detención, el ocultamiento de la víctima y/o una negativa a brindar información sobre el paradero o suerte de las personas.

Tadeo Solano sostiene que la responsabilidad de lo ocurrido en el Operativo Chihuahua no se ha podido conocer plenamente, pues ni la justicia militar ni la civil han aceptado que sean citados los mandos superiores a los jefes militares acusados.

Por encima del teniente coronel Juárez y del general de brigada Moreno Aviña estaban el entonces comandante de la V Zona Militar, el general de división Felipe de Jesús Espitia Hernández, responsable directo del Operativo Conjunto Chihuahua y actual coordinador de asesores del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas (ISSFAM).

Espitia estaba a su vez bajo el mando del comandante de la XI Región Militar, el general Marco Antonio González Barreda, quien al inicio del sexenio fue director del ISSFAM y en diciembre de 2014 pasó a retiro. En la ceremonia de su despedida, como orador principal, aseguró que “los errores cometidos son atribuibles a las personas que en un momento toman una decisión equivocada”.

Durante el Operativo Chihuahua, González Barreda estaba entonces bajo el mando directo del general secretario de la Defensa Nacional, Guillermo Galván Galván, ya también retirado.

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