Declaraciones ministeriales recabadas por la Procuraduría General de la República (PGR) revelan que Sidronio Casarrubias Salgado, a quien se identifica como líder del cártel Guerreros Unidos y como autor intelectual del ataque contra los 43 normalistas de Ayotzinapa, es hermano de un integrante de las Fuerzas Armadas, de nombre Alfredo Casarrubias Salgado.
Tal como consta en la averiguación previa PGR/SEIDO/UEIDMS/946/2014, Sidronio Casarrubias fue capturado el 17 de octubre de 2014, es decir, tres semanas después del ataque contra los normalistas (ocurrido en la ciudad de Iguala, Guerrero, el 26 de septiembre de ese año).
Luego de su captura, Sidronio reveló a la PGR no sólo que otros dos hermanos formaban parte de la estructura de Guerreros Unidos (de nombre Adán y Mario), sino también que “mi otro hermano, de nombre Alfredo Casarrubias Salgado, se encuentra en el Ejército”, tal como señala la declaración ministerial rendida por el detenido, y de la que Animal Político posee una copia no censada.
Sidronio Casarrubias, a quien la PGR identifica como líder de Guerreros Unidos, realizó esta declaración ministerial el mismo día de su captura.
Animal Político consultó a la Secretaría de la Defensa Nacional si, tal como refiere la declaración ministerial del presunto líder de Guerreros Unidos, en las filas del Ejército existe o existió en años recientes algún elemento de nombre Alfredo Casarrubias Salgado y, en caso de que fuera así, se solicitó copia de su historial de servicio. Sin embargo, la Sedena declaró esta información como confidencial.
Al amparo de la Ley General de Transparencia, según la cual no puede reservarse información relacionada con violaciones graves a derechos humanos (tal como fue declarado formalmente el ataque contra los normalistas), Animal Político pidió al Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública (INAI) analizar si era legal la negativa del Ejército a proporcionar información sobre el hermano de Sidronio Casarrubias.
Para defender la publicación de esta información, se invocó el artículo 5 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según el cual “no se podrá clasificar como reservada aquella información que esté relacionada con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad”, así como el artículo 60, en el que se establece que “el Estado garantizará el efectivo acceso de toda persona a la información (…) de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito de la federación, de las entidades federativas y de los municipios”.
Cabe destacar que en otros casos en los que se ha solicitado información sobre miembros o exmiembros del Ejército, en el contexto de la lucha contra el crimen organizado, la Secretaría de la Defensa Nacional sí ha accedido a divulgar sus expedientes, tal como ocurrió el 4 de mayo de 2017, cuando la Sedena presentó una versión pública del expediente de servicio de Heriberto Lazcano Lazcano, presunto líder del cártel Los Zeta, y quien antes fue miembro de la institución armada.
Sin embargo, en el caso del militar que es hermano de tres supuestos líderes del cártel Guerreros Unidos (Sidronio, Adán y Mario Casarrubias Salgado) se aplicó un criterio diferenciado y, el 17 de mayo pasado, el consejo del Instituto Nacional de Acceso a la Información avaló que el Ejército mantenga en secreto su historial de servicio, en protección del “derecho a la vida privada”.