Hace diez años, René Velázquez Valenzuela, alias el Phoenix, protagonizó una persecución en el mismo sector donde perdió la vida.
En aquel entonces, sobre la calle Miguel Hidalgo, el Phoenix abrió fuego en contra de una patrulla militar que logró su detención y la de sus acompañantes José Fidel Velázquez Valenzuela (su hermano), Francisco Angulo Estrada y Marco Antonio López Armendáriz.
Luego de un proceso penal que lo mantuvo en el Centro de Ejecución de las Consecuencias Jurídicas del Delito (Cecjude) en Culiacán durante cuatro años, un mes y ocho días, René Velázquez obtuvo su libertad.
Fue mediante una solicitud de incidencia de libertad preparatoria que su caso fue revisado y, en la última semana de agosto del 2014, pudo salir del penal por su propio pie y en apego a lo que establece el Código Federal de Procedimientos Penales.
La sentencia inicial fue de ocho años 10 meses y tres días de prisión, impuesta el 26 de abril del 2011 por el Juzgado Tercero de Distrito, representado por la Jueza Alba Lorena Galaviz Ramírez, quien lo encontró penalmente responsable por los delitos de portación de armas de fuego y granadas, así como por la posesión de cartuchos para armas de fuego, todo de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea; arma sin licencia y delitos contra la salud en la modalidad de posesión.
Una apelación a la sentencia presentada por su defensa logró que se redujera a seis años, 10 meses y seis días.
La revisión del caso, buena conducta y atenuantes, restaron años de prisión a René Velázquez, poniéndolo de nuevo en las calles, pese a que ofreció y documentó, como parte de su reinserción a la sociedad, trabajar como repartidor en un restaurante.
El origen de este episodio que lo llevó a prisión se detalla en la denuncia de hechos que quedó asentada en el expediente 25/2010.
El 25 de febrero del 2010, Esteban Arturo Molina Valenciano, Manuel Tirso Reyes y Eleuterio Arce Santos, Teniente y Cabos de Infantería del 94 Batallón de Infantería de la Novena Zona Militar, relataron que a la 1 horas con 30 minutos de ese día, al efectuar patrullajes en las inmediaciones de la avenida Manuel Estrada, transitando de norte a sur, de la colonia Guadalupe Victoria, observaron dos vehículos y a simple vista se veía que sus tripulantes llevaban armas largas.
Los tripulantes de uno de los vehículos huyeron, pero lograron interceptar a quienes viajaban en un vehículo marca Jeep-Gran Cherokee, color gris, modelo 2005, con placas de Sinaloa, cuando emprendieron la huida por la avenida Madero, hasta llegar a la calle Hidalgo, lugar donde accionaron las armas que portaban desde las ventanillas del vehículo, contra el personal castrense.
Los militares relataron que repelieron la agresión con disparos a las llantas, provocando que perdieran el control de la unidad, estrellándose contra un poste de luz y logrando someter a René Velázquez Valenzuela, quien conducía el vehículo.
Sobre sus piernas, el Phoenix llevaba un arma AK-47 con aditamento lanza granadas con una útil, calibre 40 milímetros, camuflado, además se le aseguró fajada a su cintura del lado derecho, una pistola calibre 5.7×28 milímetros.
Sus acompañantes, Francisco Angulo Estrada, quien viajaba en el asiento trasero del lado izquierdo, portaba un fusil AK-47 cargado, y fajada a su cintura una pistola calibre 10 milímetros, abastecida con un cargador y seis cartuchos del mismo calibre.
A Marco Antonio López Armendáriz, quien viajaba en el asiento trasero del lado derecho, le aseguraron un fusil AK-47 cargado.
José Fidel Velázquez Valenzuela, hermano del Phoenix, iba de copiloto y llevaba entre sus manos otro fusil AK-47 cargado y abastecido con un cargador de disco con 50 cartuchos, y al efectuarle una revisión se le localizó enfundada una pistola corta calibre 5.7X28 milímetros, con su respectivo cargador y cinco cartuchos.
Al revisar el vehículo localizaron en la parte trasera de la camioneta un fusil AK-47, calibre 7.62X39 milímetros, en el asiento trasero; otro fusil Barret calibre 50 milímetros cargado y abastecido con un cargador con nueve cartuchos; un cargador para fusil Barret calibre 50 milímetros abastecido con ocho cartuchos; cinco cargadores de disco para AK-47; nueve cargadores para fusil AK-47; un cargador para AR-15; un cargador para subametralladora Intratec; un guardamano para AR-15; un cargador para pistola 10 milímetros; dos cargadores para pistola calibre 5.7; tres granadas calibre 40 de percusión central, para aditamento lanza granada; 13 cartuchos calibre 5.7; 11 calibre 10 milímetros; 753 calibre 7.62; 69 calibre.223 milímetros; un bote rojo con 17 gramos de mariguana.
En el dictamen médico quedó asentado que era adicto a la mariguana.
En su declaración, el Phoenix argumentó que el armamento era de Octavio Villarreal, alias el Salchi, hombre a quien identificó como su amigo y quien le pidió que se lo guardara.
Agregó que días atrás había visto camionetas del ejército patrullando cerca de su domicilio, y haciendo revisiones en casas cercanas, por lo que decidió sacar la camioneta con las armas y llevarla a otro sitio.
En su declaración ante el Ministerio Público Federal, agregó que la camioneta no encendía, por lo que llamó a su hermano José Fidel para que le llevara a un mecánico a la casa donde se encontraba, ubicada en la colonia 21 de Marzo.
El mecánico resultó ser Marco Antonio López Armendáriz, quien luego de 40 minutos logró poner en marcha el vehículo.
El Phoenix ofreció llevarlos a sus domicilios, pero en el trayecto encontraron a los militares patrullando la zona.
En su declaración expuso que luego de los disparos propinados a las llantas de camioneta por los militares, perdió el control de ésta, impactándose contra un poste de cemento.
Dado que los militares continuaban haciendo disparos, agregó, se tiraron al piso él y sus acompañantes, momentos después llegaron los uniformados y empezaron a patearlos y golpearlos con los rifles.
En ese momento, el Phoenix justificó la huida ante los militares por la carga prohibida que llevaba a bordo.
Los militares negaron las acusaciones y el supuesto intento de asesinar a los civiles durante la persecución y después de ésta.
Los alegatos no ayudaron a René Velázquez, y su sentencia llegó finalmente al encontrársele culpable por los delitos ya descritos, pero no aceptó permanecer más de seis años recluido, por lo que en agosto del 2012 su defensa promovió un amparo.
Pero el Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito, con sede en Mazatlán, le dio un revés: “La justicia de la Unión no ampara ni protege a René Velázquez Valenzuela, contra la sentencia dictada el siete de julio de 2011 por el Magistrado del Tercer Tribunal Unitario del Décimo Segundo Circuito”.
Mejor suerte corrieron sus acompañantes a quienes la justicia sí les otorgó el amparo, incluso se ordenó revocar de inmediato la sentencia y ser puestos en libertad.
Paciente, el Phoenix cumplió con lo que dicta el artículo 84 del Código Penal Federal, en que se establece que “se concederá libertad preparatoria al condenado, previo el informe a que se refiere el Código de Procedimientos Penales, que hubiere cumplido las tres quintas partes de su condena, si se trata de delitos intencionales, o la mitad de la misma en caso de delitos imprudenciales”.
Este beneficio se da siempre y cuando cumpla con requisitos como observar buena conducta durante la ejecución de la sentencia y que del examen de su personalidad se presuma que está socialmente readaptado y en condiciones de no volver a delinquir.